TRIBUNAL ORDENA REINTEGRO DE FUNCIONARIA CARRERA DIPLOMÁTICA QUE FUE DESVINCULADA. - CADENA INFORMATIVA TRIBUNAL ORDENA REINTEGRO DE FUNCIONARIA CARRERA DIPLOMÁTICA QUE FUE DESVINCULADA. - CADENA INFORMATIVA

TRIBUNAL ORDENA REINTEGRO DE FUNCIONARIA CARRERA DIPLOMÁTICA QUE FUE DESVINCULADA.


SANTO DOMINGO, R.D.-
Por sentencia No. 0030-1642-2021-SSEN-00399 de fecha 14 de octubre del 2021 dictada por el Tribunal Superior Administrativo (TSA) fueron revocados los Decretos Presidenciales Nos. 512-20 de fecha 29 de septiembre del 2020, (art. 21) y No. 556-20 de fecha 15 de octubre del 2020, (art. 23).

Estos decretos desvincularon a Sobeira Altagracia Duran Amancio cuya servidora pública del servicio exterior desde el año 2004 era de carrera diplomática por mandato de la ley No. 314 y No. 630-16, del 28 de julio de 2016, del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior.

Sobeira Altagracia Duran Amancio, tiene una larga experiencia en el servicio exterior y ocupó las funciones de Vicecónsul de la República Dominicana en New York, EEUU, posteriormente fue confirmada en dicho consulado y su ultimo funciones fue la de consejera en la Misión Permanente ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

La Constitución y las leyes prohíben desvincular a una funcionaria de carrera diplomática a menos que sea por una causa justificada y razonada previo a un juicio disciplinario. En el presente caso esta funcionaria de carrera fue desvinculada por el poder ejecutivo sin observar el debido proceso legal que rige la materia.

La sentencia ordena el reintegro a su puesto diplomático de consejera en la Misión Permanente ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y el pago inmediato de los salarios dejados de percibir hasta que se haga efectivo el reintegro.

El abogado John Garrido, quien apodero del caso al Tribunal Superior Administrativo expresa que dicha sentencia es un precedente importante para el fortalecimiento de la democracia y sus instituciones. Esta sentencia es una verdadera expresión de un Estado Constitucional y un fuerte mensaje a los Poderes Públicos en el sentido de que hay que respetar a la Constitución, al debido proceso, al orden jurídico y sobre todo a los empleados de carrera diplomática.

A partir de esta sentencia, el Poder Ejecutivo no podrá cancelar a un funcionario de carrera diplomática a menos que se realice un debido proceso administrativo y conforme a la constitución y las leyes apuntó el abogado constitucionalista John Garrido.

 

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