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Cancillería pone en vigencia visa de trabajador temporero





Sede central de la Cancillería de la República Dominicana.


Santo Domingo, R.D.- El Ministerio de Relaciones Exteriores anunció hoy la puesta en vigencia de la Visa de Trabajador Temporero,  la cual podrá ser  emitida a los extranjeros que tengan una oferta de trabajo de una compañía debidamente registrada en la República Dominicana.







La puesta en vigencia de esta nueva categoría de visa cumple con el mandato de la resolución del Consejo Nacional de Migración dada a conocer  hoy,  la cual dispone las medidas prioritarias para la incorporación de trabajadores temporeros al Plan Nacional de Regularización de Extranjeros en situación migratoria irregular.





La medida fue adoptada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante la resolución No. 1/14, la cual establece que la Visa de Trabajador Temporero, cuyas siglas serán VTT,  tendrá una vigencia máxima de hasta un año, con una o múltiples entradas, dependiendo de la duración del contrato de trabajo.





Al hacer el anuncio, el Viceministro y Canciller en funciones, José Manuel Trullols, explicó la Ley General de Migración estipula, en su artículo 13, que corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores otorgar a los extranjeros las visas de ingreso al país, de acuerdo con las disposiciones legales sobre la materia.





La resolución del Ministerio de Relaciones Exteriores establece que para el otorgamiento de la VTT, el extranjero interpondrá su solicitud  ante las Embajadas o Consulados de la República en el exterior o en el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de su Departamento Consular, debiendo reunir los requisitos de lugar.





Trullols precisó que la Cancillería ha procedido a notificar la resolución, para conocimiento y ejecución, a las misiones diplomáticas y consulares de la República en el exterior,  así como a todas las instituciones nacionales vinculadas al tema.





“Esta nueva categoría tiene una importancia fundamental. Tan pronto emitimos la resolución No.1/14,  procedimos de inmediato a notificar a todo el servicio exterior dominicano sobre los requisitos y procedimientos de tramitación, a fin de garantizar su fiel cumplimiento. Esto va en consonancia con el interés del presidente Danilo Medina de dotar al país de una regulación migratoria moderna, transparente y funcional”, manifestó.





Trullols detalló que el Reglamento de la Ley de Migración No. 631/11 , en sus artículos 69 y 70, establece la categoría de Trabajador Temporero Extranjero y dispone para el procedimiento de admisión de los mismos, el requisito de obtención del visado de trabajador temporero.





Sostuvo que la  emisión de esa resolución obedece a que el Ministerio de Relaciones Exteriores forma parte de las instituciones del Gobierno responsables de la aplicación de la política nacional de Migración, y en esa condición viene ejecutando un conjunto de acciones orientadas a regular el marco legal que rige la actividad migratoria en la República Dominicana.





Entre los requisitos que se exigirán al interesado en obtener una VTT, está una carta en original emitida por la institución, organismo, empresa o persona física con la cual el extranjero llevará a cabo el trabajo temporal, en la que conste el compromiso de cumplir las condiciones y requisitos sobre derechos y condiciones laborales del país, comunicación de información sobre los trabajadores, transporte, gastos de viaje y repatriación.






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